Presiona "Intro" para saltar el contenido

El Colegio de Arquitectos insta, de nuevo, al Ayuntamiento de Almería a acatar la sentencia del TSJA por las VPO de Costacabana

Efecto de los días de lluvia en Costacabanajpg
Efecto de los días de lluvia en Costacabana.

El COAA recuerda que en su día no pidió derribar las promociones construidas,  pero apela al respeto hacia los dictámenes judiciales para que se convoque un nuevo concurso de redacción del proyecto de las nuevas viviendas de protección que Almería XXI pretende edificar

Ante las intervenciones plenarias en la última sesión celebrada esta semana por el Ayuntamiento de Almería y las noticias publicadas en prensa, el Colegio Oficial de Arquitectos de Almería (COAA), vuelve a solicitar al equipo de gobierno de la capital el acatamiento de las sentencias judiciales dictadas años atrás y la convocatoria de nuevo del concurso de la redacción del proyecto para la nueva promoción de viviendas de protección oficial que la empresa municipal Almería XXI tiene programado construir en el barrio de Costacabana.

El Colegio recuerda que la parcela destinada a 16 VPO, de tipología dúplex, forma parte de las licitaciones anuladas, primero por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1, y ratificada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia, atendiendo al recurso de impugnación presentado por el COAA en el año 2009. “Las sentencias ordenaban a la empresa municipal Almería XXI a retrotraer todo lo actuado y a convocar de nuevo la redacción de los correspondientes proyectos y direcciones de obra. Cuando el TSJA resolvió el recurso, las primeras casas ya estaban adjudicadas a sus propietarios y construidas, por lo que no solicitamos la demolición de las viviendas al entender el perjuicio que ello hubiera supuesto”, explica el decano colegial, José Díaz, quien considera que “otra cosa es que Almería XXI haya licitado las obras de otra nueva promoción, empleando el proyecto anulado judicialmente”, lo que podría entenderse socialmente como una fórmula para sortear la Justicia por parte de una administración pública.

Es por ello que el COAA insiste ante el Ayuntamiento y la empresa pública en la conveniencia de resolver, de una forma muy sencilla, este escollo, que no es de otra manera que volver a convocar el concurso del proyecto, y de los venideros afectados por la sentencia, ya que eran varias las parcelas del lote de la licitación que años atrás fue realizada.

Es la primera vez que esta petición la realizan los arquitectos públicamente, a raíz de lo sucedido en el pasado lunes en el Pleno del Ayuntamiento de Almería, pero esa solicitud se ha hecho con anterioridad al equipo de gobierno, en conversaciones y también presentando los recursos correspondientes por vía administrativa. Rechazados estos, el COAA se vio en la obligación de recurrir, ya por la vía judicial, la licitación de las obras de la parcela número 4 (las 16 VPO).

El Juzgado de lo contencioso administrativo nº 1 de Almería acordaba la medida cautelar de suspensión del concurso, supeditada a la prestación de un aval por parte del Colegio de Arquitectos; aval que, finalmente no pudo ser aportado por esta entidad. Aún no hay sentencia, pero el alcalde elevaba a Pleno el pasado lunes la autorización a Almería XXI para cerrar una operación de crédito con la que poder iniciar las obras bajo un proyecto anulado por el mismo Juzgado y por el TSJA. Punto que fue retirado del orden del día a petición de los grupos políticos de la oposición  pero que, según las informaciones en prensa, la intención es aprobarlo en una próxima sesión plenaria, de ahí que el COAA inste, públicamente, al Ayuntamiento a acatar las sentencias judiciales.

Resumen de antecedentes

 1.- El concurso para la contratación de asistencia técnica para la redacción del proyecto y dirección de obra de la parcela número 4, entre otras, fue impugnado en el año 2009 por el Colegio de Arquitectos, recayendo sentencia – confirmada por otra del TSJA en apelación- por la que el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 1 de Almería estimó el recurso y ordenó a la Empresa Municipal a retrotraer todo lo actuado y convocar de nuevo la redacción de los correspondientes proyectos y direcciones de obra.

2.- El actual concurso de ejecución de obras de la citada parcela nº 4 de Costacabana fue impugnado por el Colegio de Arquitectos de Almería, denunciando que el Proyecto empleado por la Empresa Municipal Almería XXI para este concurso es uno de los anulados por las sentencias antes citadas, con la única modificación de la actualización de los precios del Proyecto y la inclusión de la licitación de la dirección de obra, igualmente anulada en su día.

3.- En el recurso contencioso que se sigue en la actualidad frente a este concurso de ejecución de obra, el Juzgado de lo contencioso administrativo nº 1 de Almería que conoce de este asunto dicto Auto por el que se acordaba la medida cautelar de suspensión del concurso, supeditada a la prestación de un aval por parte del Colegio de Arquitectos; aval que, finalmente no pudo ser aportado por esta entidad.

4.- Ante la circunstancia de imposibilidad de aportación del aval para la suspensión, el Ayuntamiento de Almería pretende la aprobación del correspondiente crédito a favor de la empresa municipal para acometer las citadas obras, sin esperar a la resolución del recurso contencioso que podría anular la licitación, con el consiguiente perjuicio que ello podría acarrear.

Se el primero en comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.